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¿Es Mari Carmen una okupa? El desahucio que interpela a la Oficina Antiokupación de Elche

El desahucio de una mujer de 87 años que llevaba siete décadas viviendo en la misma casa abre una pregunta en Elche: qué entiende realmente por “okupación” la oficina impulsada por Vox cuando sus propios datos incluyen impagos de alquiler.

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El desahucio de Mari Carmen, una mujer de 87 años que llevaba siete décadas viviendo en la misma casa de Madrid, deja una pregunta incómoda en Elche: ¿qué habría ocurrido si sus propietarios hubieran acudido a una oficina antiokupación como la impulsada por Vox en la ciudad?

Mari Carmen Abascal tiene 87 años. Este miércoles ha salido en camilla del piso de Madrid en el que llevaba viviendo desde 1956. Setenta años en la misma casa. Allí vivió con sus padres, allí transcurrió prácticamente toda su vida y allí permaneció hasta que este 23 de septiembre una comisión judicial ejecutó finalmente su desahucio. La vivienda pertenece actualmente a Urbagestión Desarrollo e Inversión S.L. y, según ha informado EFE, la empresa no aceptó las alternativas planteadas para evitar o aplazar el lanzamiento.

La historia merece ser contada con precisión porque precisamente en los matices está buena parte del debate. Mari Carmen no entró ilegalmente en aquella vivienda. Su padre firmó el contrato de alquiler en 1956. Después falleció y el contrato pasó a su madre. Cuando esta murió, en 2005, se subrogó a Mari Carmen. El conflicto judicial se encuentra en esa segunda subrogación: la propiedad sostiene que la legislación no permite mantenerla y pretende dar por terminado aquel alquiler de renta antigua.

Según publicó El País, Mari Carmen venía pagando alrededor de 500 euros mensuales y la nueva propiedad planteó una renta de 2.650 euros; posteriormente llegó a ofrecer 1.650 euros. Su pensión ronda los 1.350 euros.

Así que la primera pregunta resulta inevitable: ¿es Mari Carmen una okupa?

No lo es en el sentido penal con el que el Ministerio del Interior contabiliza la denominada ocupación ilegal. Bajo ese concepto se engloban fundamentalmente dos delitos diferentes: el allanamiento de morada y la usurpación de inmuebles. El impago de un alquiler, la finalización de un contrato o una disputa sobre su subrogación pertenecen a otro terreno jurídico.

Y entonces aparece Elche

Hace apenas unos días, el gobierno municipal de PP y Vox ha puesto en marcha la Oficina Antiokupación, una iniciativa impulsada por Vox como parte de sus acuerdos presupuestarios con el Partido Popular. Estará abierta inicialmente hasta diciembre y funciona mediante un convenio de unos 8.300 euros con el Colegio de Abogados de Elche, que pone a disposición del servicio una treintena de letrados para ofrecer información y asesoramiento jurídico, según informó Radio Elche Cadena SER.

Para justificar su puesta en marcha, el concejal de Promoción Económica y portavoz adjunto de Vox, Samuel Ruiz, aseguró que la Policía Local había registrado 159 “okupaciones” durante 2026. Pero añadió un detalle especialmente relevante: la mayoría, según explicó él mismo, estaría relacionada con impagos de alquiler. Es decir, la cifra presentada públicamente como ocupación incluye situaciones que no corresponden necesariamente a una usurpación o un allanamiento.

Y ahí surge una segunda pregunta mucho más incómoda: si los propietarios de la vivienda de Mari Carmen hubieran vivido en Elche y hubieran acudido a esa oficina, ¿qué consideración habría recibido su caso?

No existe por ahora un protocolo público suficientemente detallado que permita afirmar qué habría hecho exactamente la Oficina Antiokupación ante una situación idéntica. Además, la oficina presta asesoramiento: no ordena ni ejecuta desahucios. Pero el interrogante resulta pertinente precisamente porque los datos utilizados por el propio responsable municipal para justificar el servicio ya introducen dentro del relato de la “okupación” conflictos derivados del alquiler.

¿Qué sucede cuando una persona entró legalmente en una vivienda, lleva décadas viviendo allí y termina perdiendo el título que le permite permanecer en ella? ¿Se convierte automáticamente en una “okupa”? ¿Y qué ocurre cuando detrás del conflicto está una renta que pasa de unos 500 euros a cantidades de 1.650 o 2.650 euros mensuales?

El caso de Mari Carmen obliga a distinguir realidades que demasiadas veces terminan metidas dentro de una misma palabra.

El otro dato de Elche: el alquiler se ha disparado

Mientras se inaugura una oficina específicamente dedicada a la ocupación, Elche atraviesa una transformación mucho más fácilmente medible en el mercado de la vivienda. Según la serie histórica de Idealista, el alquiler medio ofertado en el municipio se situaba en 5,8 euros por metro cuadrado en agosto de 2021. Cinco años después, en agosto de 2026, alcanzaba los 10,1 euros por metro cuadrado, máximo de la serie publicada.

Eso supone una subida aproximada del 74% en cinco años. Idealista advierte de un cambio metodológico desde julio de 2026, por lo que la comparación de largo plazo debe interpretarse teniendo en cuenta esa modificación.

Traducido a una vivienda de 80 metros cuadrados, esos precios de oferta equivalen a pasar aproximadamente de 464 euros mensuales a 808 euros. Y eso es una media municipal: encontrar vivienda disponible, reunir la fianza, las garantías exigidas y asumir además suministros y el resto del coste de vida puede convertir una mudanza en una operación imposible para muchos hogares.

No es únicamente una percepción local. La Encuesta de Condiciones de Vida del INE correspondiente a 2025 señala que el 7,6% de la población mayor de 16 años buscó vivienda durante el año sin conseguir cambiar de residencia. Entre quienes no lo lograron, el 67,2% señaló como principal motivo el precio excesivo. Entre los jóvenes de 26 a 34 años que continuaban viviendo con sus padres, un 47,3% aseguraba hacerlo porque no podía permitirse comprar o alquilar una vivienda.

Los juzgados también permiten medir la dimensión de ambos problemas

En 2025, el Ministerio del Interior contabilizó 14.875 hechos conocidos por allanamiento o usurpación de inmuebles en toda España, casi un 10% menos que el año anterior. Ese mismo ejercicio, los órganos judiciales practicaron 18.317 lanzamientos derivados de procedimientos de la Ley de Arrendamientos Urbanos, fundamentalmente vinculados al alquiler.

Son estadísticas diferentes, con metodologías diferentes, y no permiten calcular sin más la probabilidad individual de sufrir una ocupación o un desahucio. Pero sí permiten comprobar que los problemas vinculados a la pérdida de una vivienda arrendada tienen una dimensión cuantitativamente muy relevante.

Los datos más recientes acercan todavía más la comparación. Durante el primer trimestre de 2026 hubo en España 2.600 lanzamientos derivados de alquileres. En ese mismo periodo llegaron a los juzgados 460 juicios verbales específicamente relacionados con ocupaciones ilegales de viviendas. En la Comunitat Valenciana se practicaron 513 lanzamientos vinculados al alquiler, mientras se registraron 64 procedimientos civiles por ocupación ilegal, según los datos del Consejo General del Poder Judicial difundidos por EFE.

De nuevo, no son magnitudes jurídicamente idénticas y no deben presentarse como tales. Pero permiten dimensionar ambos fenómenos.

¿De qué protegemos y a quién protegemos?

El propietario de una vivienda cuya posesión es arrebatada ilegalmente tiene derecho a recuperarla y a recibir una respuesta eficaz de las administraciones y los tribunales. El allanamiento y la usurpación existen y están tipificados por el Código Penal.

La pregunta es otra.

¿Por qué una administración decide crear específicamente una Oficina Antiokupación mientras el precio del alquiler en su ciudad ha crecido alrededor de un 74% en cinco años? ¿Qué recursos públicos existen para una familia que puede pagar hoy 600 euros pero no puede pagar mañana 900? ¿Dónde acude una persona mayor cuando pierde un contrato de alquiler que ha mantenido durante décadas? ¿Qué oficina la asesora cuando la alternativa que le ofrece el mercado simplemente supera sus ingresos?

Porque detrás de la palabra “okupación” hay un riesgo de simplificación. Una persona que accedió legítimamente a una vivienda no se convierte retroactivamente en alguien que entró ilegalmente en ella porque exista después un conflicto contractual. Un inquilino que deja de poder pagar tampoco es jurídicamente equiparable a quien fuerza una puerta y ocupa una vivienda ajena.

Y por eso el dato de las 159 supuestas ocupaciones de Elche merece ser explicado expediente por expediente. Si, como reconoció el propio responsable municipal, buena parte corresponde realmente a impagos de alquiler, conocer qué situaciones concretas se están contabilizando bajo esa denominación es indispensable para saber qué problema está atendiendo en realidad la nueva oficina. El PSOE ya ha anunciado que solicitará los expedientes para conocer precisamente qué casos está tramitando el servicio.

Mientras tanto, Mari Carmen ya no está en su casa. Y su historia deja una pregunta que también puede hacerse desde Elche: si mañana una mujer de 87 años, después de haber vivido legalmente durante setenta años en la misma vivienda, se encuentra ante un propietario que pretende recuperar el inmueble y ofrecerlo por una renta que ella jamás podría pagar, ¿qué administración encontrará delante?

¿Una que la considere parte del problema de la ocupación?

¿O una que la considere parte del problema de la vivienda?

Quizá esa sea la pregunta que merece hacerse hoy.