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La reforma de la tasa de basura de Elche para 2027 abre el plazo de alegaciones tras publicarse en el BOP

El BOP publica la aprobación provisional de la ordenanza de residuos de 2027 y abre un mínimo de 30 días para examinar el expediente y presentar reclamaciones. Las nuevas cuotas aún no están en vigor.

Contenedor de recogida de residuos urbanos con el escudo de Elche, fotografiado en 2017
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La reforma de la tasa de recogida, transferencia y tratamiento de residuos urbanos de Elche para 2027 ha entrado en exposición pública. El Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del viernes 30 de octubre de 2026 publicó el edicto 8357/2026, que abre un periodo mínimo de 30 días para examinar el expediente y formular reclamaciones. Es un trámite posterior a la aprobación provisional acordada por el pleno municipal el 26 de octubre, no una aprobación definitiva ni la entrada en vigor de los nuevos recibos.

El anuncio oficial explica que el plazo comienza a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOP. Las personas interesadas pueden consultar el expediente y la documentación a través del tablón de anuncios electrónico municipal y presentar sus reclamaciones mediante la sede electrónica del Ayuntamiento de Elche, con certificado digital o Cl@ve, o mediante cualquiera de los canales de registro previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015.

De la votación en el pleno a la participación pública

El pleno del 26 de octubre dio el primer visto bueno a una modificación que pretende sustituir la clasificación de las calles por el valor catastral de los inmuebles como criterio de referencia para el cálculo de la tasa aplicable a las viviendas. PP y Vox defendieron que el cambio reducirá el recibo a la mayoría de contribuyentes, mientras el PSOE y Compromís cuestionaron sus consecuencias distributivas y económicas. Son valoraciones políticas que no sustituyen el examen de las cuotas y bonificaciones previstas para cada supuesto.

La publicación del día 30 no incorpora una tabla de importes ni permite calcular por sí sola la tasa individual de 2027. Lo que certifica el edicto es la apertura del trámite para consultar el expediente completo y plantear objeciones. Quienes quieran conocer el efecto de la reforma sobre su vivienda deberán revisar la documentación municipal y, en su caso, el texto definitivo cuando sea aprobado y publicado.

Qué sucede después de las alegaciones

Según el propio edicto, concluida la exposición pública el Ayuntamiento tendrá que resolver las reclamaciones que se hubieran presentado y adoptar los acuerdos definitivos correspondientes. Si no se recibe ninguna reclamación, el acuerdo provisional podrá elevarse a definitivo sin necesidad de una nueva votación plenaria, conforme a la legislación de haciendas locales.

En cualquiera de los supuestos, la modificación no entrará en vigor hasta que se publique en el BOP el acuerdo definitivo y el texto íntegro correspondiente. Por ello, la previsión política de aplicarla en 2027 debe distinguirse del estado jurídico actual: la ordenanza reformada todavía está en tramitación.

Fuentes y documentación

El edicto oficial 8357/2026 del BOP de Alicante, número 207, del 30 de octubre de 2026 documenta el acuerdo provisional, la exposición pública y el procedimiento de reclamación. Como antecedente, la información de TeleElx del 26 de octubre y la cobertura previa de Elche Ahora explican el debate sobre el valor catastral y el impacto de los recibos.

Imagen de archivo: contenedor de residuos en Elche fotografiado en agosto de 2017. Autor: Zarateman / Wikimedia Commons, licencia CC0 1.0. No es una imagen del acuerdo del pleno ni de la publicación del BOP.