El Constitucional deja sin efecto la protección autonómica frente al derribo de las casas de Babilonia en Guardamar

El tribunal anula parcialmente las garantías de la ley valenciana de costas en suelo marítimo-terrestre. La resolución no ordena nuevos derribos, pero despeja el obstáculo autonómico ante sentencias firmes sobre las viviendas de Guardamar.

Viviendas en primera línea de la playa de Babilonia de Guardamar del Segura, con un aviso municipal de zona peligrosa, en 2017
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Las viviendas tradicionales de la playa de Babilonia, en Guardamar del Segura, han perdido una de las vías jurídicas con las que se pretendía frenar su desaparición. El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso del Gobierno contra la ley valenciana de protección y ordenación de la costa y ha declarado inconstitucionales los preceptos que permitían imponer, sobre terrenos del dominio público marítimo-terrestre, medidas autonómicas de conservación capaces de impedir actuaciones estatales.

La decisión, dada a conocer el 22 de octubre de 2026, afecta directamente al debate sobre las casas de Babilonia, donde ya existen resoluciones judiciales firmes que ordenaron demoliciones. Conviene distinguir ambos procedimientos: el Constitucional no ha dictado una nueva orden de derribo, sino que ha resuelto un conflicto de competencias entre la Generalitat y el Estado acerca de la protección legal de estos enclaves costeros.

Qué artículos de la ley valenciana han quedado afectados

La sentencia, de la que ha sido ponente la vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán, considera inconstitucionales el artículo 17 y la disposición final primera de la Ley 3/2025, de 22 de mayo, exclusivamente cuando se apliquen a bienes situados en el dominio público marítimo-terrestre. No quedan anulados de manera general y pueden seguir aplicándose en otros espacios del litoral donde no se produzca esa invasión competencial.

La regulación permitía reconocer núcleos urbanos de especial valor etnológico y aprobar instrumentos de protección patrimonial que conllevaban obligaciones de conservación y límites a la demolición. El Constitucional reconoce que la Comunitat Valenciana puede identificar y proteger el valor cultural e histórico de estas edificaciones, pero establece que esa protección no puede impedir al Estado ejercer sus competencias sobre el dominio público marítimo-terrestre, incluidas las actuaciones destinadas a recuperarlo.

El fallo también declara inconstitucional y nula la disposición adicional cuarta, que atribuía a la Generalitat la elaboración de un inventario de terrenos degradados dentro de ese dominio público. El tribunal entiende que determinar qué terrenos forman parte de él y resolver sobre su deslinde o desafectación corresponde a la Administración estatal.

Alcalde y vecinos mantienen posiciones opuestas

La resolución ha reabierto el enfrentamiento sobre el futuro de las viviendas. El alcalde de Guardamar, José Luis Sáez, expresó el viernes 23 de octubre su satisfacción porque considera que el fallo facilita la recuperación ambiental y pública de este tramo litoral. Recordó que las concesiones históricas caducaron en 2018 y defendió que la actuación pendiente del Estado pueda llevarse a cabo.

En sentido contrario, residentes y representantes vecinales lamentan que desaparezca esta vía de protección. Argumentan que las casas forman parte de la memoria familiar y del paisaje local, y señalan la erosión costera y las transformaciones en la desembocadura del Segura como elementos relevantes en el deterioro del frente marítimo. Sus reivindicaciones no alteran, por sí solas, la existencia de las decisiones judiciales firmes citadas por el tribunal.

Qué puede ocurrir a partir de ahora

La Generalitat ha anunciado que estudiará alternativas legales para defender los núcleos costeros de valor etnológico. El margen para hacerlo deberá respetar las facultades estatales sobre el dominio público, según los límites establecidos por el Constitucional. No se ha comunicado una nueva fecha de demolición como consecuencia automática de esta sentencia.

El alcance exacto del fallo y su diferencia respecto de una orden material de ejecución se recogen en la nota oficial 95/2026 del Tribunal Constitucional. La decisión llega mientras sigue abierta una discusión de fondo: cómo compatibilizar la conservación de la memoria de estos asentamientos con la titularidad pública y la protección de un litoral sometido a una intensa erosión.